El Brexit y la exportación de cerámica: Nuevos marcos contractuales
Análisis de los retos jurídicos y operativos para las empresas azulejeras españolas en el comercio con Reino Unido.
Departamento Jurídico Arcilla Legal
Publicado el 15 de Mayo, 2024 • 8 min de lectura
Reino Unido sigue siendo uno de los principales destinos de la exportación azulejera de Castellón y de toda España. Sin embargo, la salida de la UE ha transformado el flujo comercial de un simple envío intracomunitario a una operación compleja de comercio internacional sujeta a estrictos controles aduaneros y marcos contractuales diferenciados.
"La falta de claridad en los contratos actuales está provocando demoras innecesarias y costes logísticos que podrían evitarse con una revisión jurídica adecuada."
Impacto en Aduanas y Distribución
Desde la implementación total de los controles fronterizos, las empresas cerámicas se enfrentan a la declaración de origen, certificados de conformidad y el cumplimiento de estándares técnicos británicos (UKCA). Los contratos de distribución vigentes antes de 2021 a menudo no contemplaban quién asume la responsabilidad y el coste de las nuevas formalidades administrativas, lo que genera fricciones en la cadena de suministro.
Puntos Críticos
- • Revisión de la cláusula de "Fuerza Mayor" ante bloqueos en Dover.
- • Definición exacta del punto de entrega y transferencia de riesgo.
- • Gestión del IVA en la importación y regímenes aduaneros especiales.
Uso de INCOTERMS 2020: Una Obligación Contractual
Ya no es suficiente con un acuerdo de palabra o un pedido simple. Los contratos de compraventa internacional de cerámica deben integrar explícitamente los INCOTERMS 2020. Para el sector, el paso de condiciones DDP (Delivered Duty Paid) a DAP (Delivered at Place) o viceversa tiene implicaciones fiscales y logísticas masivas que deben estar perfectamente redactadas para evitar que el exportador español acabe asumiendo impuestos británicos de forma imprevista.
Resolución de Disputas y Ley Aplicable
Tras el Brexit, la ejecución de sentencias entre España y el Reino Unido ha cambiado. En Arcilla Legal recomendamos encarecidamente la inclusión de cláusulas de arbitraje internacional o, en su defecto, una elección de foro y ley aplicable (preferiblemente española y bajo el Convenio de Viena sobre compraventa internacional de mercaderías) que ofrezca seguridad jurídica frente a tribunales británicos.